En el día de ayer el Cabildo de Gran Canaria ha hecho público la Convocatoria de subvenciones para el año 2014 para el Fomento de la Cría de Cochino Negro Canario
Objeto del procedimiento:
Es objeto de la convocatoria coadyuvar a la financiación de los gastos de inversión que se realicen en explotaciones ganaderas que críen Cochino Negro Canario, y que hayan solicitado la autorización del uso de la “Marca de Garantía Gran Canaria Calidad”, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 28 de febrero de 2015.
Beneficiarios del trámite:
Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas porcinas de Gran Canaria que críen o quieran criar Cochino Negro Canario, y que hayan solicitado la autorización del uso de la “Marca de Garantía Gran Canaria Calidad”.
Órgano Inicio:
Agricultura, Ganadería, Pesca, Patrimonio y Aguas
Órgano Resolución:
Agricultura, Ganadería, Pesca, Patrimonio y Aguas
Recursos:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN (1) MES contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación, si el acto fuera expreso; o TRES (3) MESES a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. En el caso de las Administraciones Públicas, en lugar del indicado Recurso Administrativo aludido en el párrafo anterior, aquéllas podrán formular, ante el mismo Órgano indicado anteriormente y en el plazo de DOS (2) MESES, el Requerimiento Previo a que hace referencia el artículo 44 de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en su defecto, en el mismo plazo, interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
3. Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional en el plazo de DOS (2) MESES contados desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto; según dispone el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Observaciones:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de TRES (3) MESES. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Para más información pueden acceder al siguiente enlace de la web del Cabildo
Estimados,
Por medio del presente escrito me gustaría recibir información relativa a las subvenciones destinadas a la cría del Cochino Negro Canario. Estoy interesado en la cría de este animal autóctono de Canarias y cualquier información relativa a este asunto será de gran utilidad.
Muchas gracias de antemano y saludos cordiales.